SUBVENCIONES Y CONVENIOS
ÁMBITOS DE CULTURA, FIESTAS Y ASOCIACIONISMO
CLÁUSULAS DE GÉNERO
CRITERIOS DE VALORACIÓN
1. X puntos por la presencia equilibrada de hombres y mujeres en la junta directiva de la entidad, entendiendo por tal la presencia de mujeres y hombres de forma que las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sea inferior al cuarenta por ciento.
De manera complementaria se podrá valorar la composición de la junta directiva con personas inmigrantes o con personas con discapacidad, o atendiendo a la diversidad social.
2. Se valorará hasta con X puntos por incorporar la integración social y la atención a la diversidad de manera transversal en la memoria técnica para la prestación de la actividad o proyecto:
- Atención especial a personas con discapacidad o colectivos vulnerables o marginados.
- Consideración de la desigualdad social en el diagnóstico del proyecto, en sus objetivos y en las actividades previstas.
- Compromiso de presentar una memoria final sobre las actuaciones y resultados de integración social en el proyecto o actividad, y con datos de personas beneficiarias de la actividad subvencionada.
3. Se valorará hasta con X puntos por el compromiso y posterior acreditación que entre las personas beneficiarias del proyecto o actividad subvencionada habrá un número o porcentaje de personas vulnerables, por ejemplo personas con discapacidad, personas inmigrantes, o personas en situación o riesgo de exclusión social.
4. X puntos por el compromiso de diseñar e impartir X horas anuales de formación en materia de igualdad a todo la Junta Directiva de la entidad, o a las personas socias y al personal contratado o voluntario.
5. X puntos si la entidad cuenta en su junta directiva o en su plantilla con personas con una formación mínima de 50 horas en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en medioambiente o en atención a la diversidad u otra temática social aplicable a la gestión de personas.
6. X puntos por el compromiso de realizar y aportar un diagnóstico o un análisis sobre la situación de la igualdad de mujeres y hombres en la entidad o asociación, en su plantilla laboral si la tuviera, y en relación con las personas socias y/o las personas beneficiarias del proyecto o actividad subvencionada.
7. X puntos si la entidad o asociación dispone de una persona como técnica o responsable de igualdad, o se ha conformado una comisión para la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres.
8. X puntos si la asociación o entidad se compromete a diseñar y aplicar un protocolo o medidas específicas para prevenir y hacer frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo, o para prevenir el acoso sexual contra las personas beneficiarias o usuarias de la prestación o actividad; y/o para prevenir las situaciones de violencia machista o por orientación sexual o por identidad de género.
9. X puntos por el compromiso de que en la memoria o informe final de la ejecución de la actividad subvencionada se aportarán datos estadísticos de personas beneficiarias o usuarias de la actividad desagregados por sexo, con el número y porcentaje concreto de mujeres y de hombres.
OBLIGACIONES
1. Toda la documentación, campañas de comunicación, cartelería, publicidad e imágenes deberá incorporar a hombres y a mujeres (o chicos y chicas) de manera equilibrada, evitando cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentando una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
2. Toda la documentación, publicidad, imagen o material que se genere con motivo de la ejecución de la actividad o proyecto, deberá emplear un uso igualitario, inclusivo y no sexista del lenguaje.
3. Se deberá incorporar la integración social y la atención a la diversidad de manera transversal en la memoria técnica para la prestación de la actividad o proyecto:
- Atención especial a personas con discapacidad o colectivos vulnerables o marginados.
- Consideración de la desigualdad social en el diagnóstico del proyecto, en sus objetivos y en las actividades previstas.
- Compromiso de presentar una memoria final sobre las actuaciones y resultados de integración social en el proyecto o actividad, y con datos de personas beneficiarias de la actividad subvencionada.
4. Se deberá establecer el compromiso y posterior acreditación que entre las personas beneficiarias del proyecto o actividad subvencionada habrá un número o porcentaje de personas vulnerables, por ejemplo personas con discapacidad, personas inmigrantes, o personas en situación o riesgo de exclusión social.
5. Se deberá detallar en la memoria técnica la realización de actividades de información, formación o sensibilización en materia de género complementarias al proyecto o actividad a subvencionar dirigidas a los vecinos y vecinas de la localidad y/o a las personas socias de la entidad.
6. Se deberá asumir el compromiso de diseñar e impartir X horas anuales de formación en materia de igualdad entre mujeres y hombres, en medioambiente o en atención a la diversidad u otra temática social aplicable a la gestión de personas, a toda la Junta Directiva de la entidad, o a las personas socias y al personal contratado o voluntario.
7. La asociación o entidad asumirá el compromiso de diseñar y aplicar un protocolo o medidas específicas para prevenir y hacer frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo, o para prevenir el acoso sexual contra las personas beneficiarias o usuarias de la prestación o actividad; y/o para prevenir las situaciones de violencia machista o por orientación sexual o por identidad de género.
8. En la memoria o informe final de la ejecución de la actividad subvencionada se aportarán datos estadísticos de personas beneficiarias o usuarias de la actividad desagregados por sexo, con el número y porcentaje concreto de mujeres y de hombres.
9. Se deberán aplicar mejoras laborales a la plantilla que ejecute la prestación, actividad o proyecto subvencionado. Dichas medidas serán una o varias de las siguientes:
- Mejoras sobre condiciones laborales y salariales que superen lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores/as, o en el convenio colectivo sectorial y territorial, o en su caso de empresa, y se comprometa a aplicarlas al personal que ejecutará el proyecto o actividad subvencionada.
- La conversión de X contratos temporales en contratos indefinidos.
- La conversión de X contratos a tiempo parcial en contratos a jornada completa.
- El diseño y ejecución de acciones de prevención de riesgos laborales y salud laboral con perspectiva de género y adaptadas a las características diferenciadas de sexo, de conformidad con lo previsto en los artículos 5.4 y artículos 26.2 y 26.4 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.